Su característica central es la paridad: ninguna de las partes tiene mayoría estructural. Eso facilita un ámbito de diálogo, interpretación y construcción conjunta para resolver conflictos y garantizar derechos.
¿Qué son los cuerpos paritarios?
Un cuerpo paritario es un órgano integrado en forma equilibrada por representantes del empleador y del sindicato, creado por el propio convenio colectivo de trabajo.
Su objetivo es tratar, interpretar y resolver cuestiones vinculadas a la aplicación del convenio.
Los cuerpos paritarios son 6, con diferentes tareas, funciones y composición. Conocerlos ayuda a ejercer derechos de manera efectiva.
Los 6 cuerpos paritarios
Comisión Paritaria Permanente
Espacio paritario orientado al tratamiento permanente de cuestiones de interpretación y aplicación del convenio.
Ver másComisión Conciliación
Ámbito destinado a la conciliación y al abordaje de conflictos que requieran una instancia de acuerdo entre las partes.
Ver másJunta de Disciplina
Interviene en cuestiones disciplinarias dentro del marco previsto por el convenio y sus reglas de actuación.
Ver másComisión Paritaria de Discapacidad y Servicio Social
Espacio vinculado al abordaje de temas de discapacidad, inclusión, asistencia y acompañamiento social.
Ver másComisión Permanente de Higiene, Seguridad y Ambiente Laboral
Trata cuestiones vinculadas con higiene, seguridad y condiciones adecuadas en los espacios de trabajo.
Ver másConsejo de Información Institucional
Ámbito relacionado con la circulación de información institucional y la participación en temas de interés común.
Ver másPrincipios de funcionamiento
Ninguna de las partes tiene mayoría estructural, lo que fortalece el equilibrio en la representación y en la toma de decisiones.
Su lógica es la construcción conjunta, el intercambio y la búsqueda de soluciones dentro del marco del convenio colectivo.
Conocer cada comisión permite saber dónde canalizar conflictos, reclamos o situaciones específicas de manera más efectiva.