La Junta de Disciplina es un órgano paritario encargado de intervenir en los sumarios administrativos. Sus determinaciones establecen jurisprudencia interna y sirven de base para las decisiones de las autoridades superiores.
Composición
Doce miembros
Doce miembros designados en partes iguales por el Organismo y AEFIP, debiendo cada parte aportar al menos un representante abogado.
Presidencia rotativa
La Junta elige un presidente entre sus miembros, con mandato rotativo que alterna entre la representación oficial y la sindical cada seis meses.
Requisitos de los miembros
Pertenencia al CCT
Pertenecer al Convenio Colectivo de Trabajo.
Antigüedad
Tener una antigüedad mínima de diez años en el Organismo.
Edad
Tener al menos treinta años de edad.
Los mandatos son revocables por la parte que los designó.
Funciones
La Junta puede revisar el sumario, estar de acuerdo con su resolución, corregirlo o contraponerse a lo allí indicado.
Sus determinaciones establecen jurisprudencia interna y sirven de base para las decisiones de las autoridades superiores.
Ejemplo de intervención
Frente a sanciones aplicadas con plazos de prescripción vencidos, la intervención de la Junta puede revertir la sanción.