PARITARIAS
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La Comisión Paritaria Permanente interpreta el alcance del convenio, ejerce las facultades específicas que este le asigna y dicta su reglamento interno. Sus interpretaciones son vinculantes y pasan a integrar el Convenio Colectivo.

Composición

6

Miembros titulares

Seis miembros titulares y seis suplentes, designados en partes iguales por el Organismo y AEFIP.

+

Dedicación

Los titulares se desempeñan exclusivamente en la Comisión. Los suplentes se relevan de sus tareas habituales solo cuando reemplazan a un titular.

Toma de decisiones

Mayoría

Las decisiones requieren la aprobación por mayoría.

Empate

En caso de empate, la Comisión debe volver a reunirse dentro del plazo establecido.

Persistencia del desacuerdo

Si el desacuerdo persiste, cualquiera de las partes puede solicitar la intervención del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Cuestiones que aborda

Régimen de licencias

Interpretación del régimen de licencias del convenio.

Normas superiores

Aplicación de normas de jerarquía superior al Convenio Colectivo.

Liquidaciones

Correcta liquidación de los conceptos salariales.

Ejemplos de intervención

Casos frecuentes

Dudas sobre la liquidación del reemplazo de jefatura; denegación de la licencia por estudio; interpretación de la licencia por guarda con fines de adopción; y aplicación de la ley de discapacidad (20.475) a trabajadores de el Organismo.

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