LICENCIAS
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En el módulo original se distinguen licencias ordinarias y una amplia variedad de licencias especiales vinculadas con salud, estudio, familia, cargos, violencia de género, obligaciones legales y otras situaciones justificadas.

Licencias Ordinarias

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Licencia Ordinaria

Bloque principal destinado al descanso anual ordinario de las y los trabajadores. En el sitio aparece identificado como “Licencia Ordinaria”.

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¿Cuántos días de licencia corresponden?

Se incluye además un apartado específico para consultar la cantidad de días que corresponden en la licencia ordinaria.

Ver tabla de licencias

Licencias Especiales

Desplegá cada licencia para ver su detalle, el artículo del Convenio que la regula y si afecta el presentismo (SIPES).

Por afecciones o lesiones que impidan el desempeño en el trabajo, incluidas operaciones quirúrgicas, contás con una licencia de hasta 45 días por año calendario, continua o discontinua.

No afecta los haberes durante su utilización, aunque sí incide en el SIPES salvo que esté dentro del permitido de 3 días hábiles por año. Se justifica con los comprobantes dentro de las 48 hs.

Se accede a través de SARHA – Autogestión – Pedido Médico, o por la App Mi SARHA. Según el Esquema de Asignación por Antecedentes Médicos (EAAM), la justificación es automática.

Art. 44 del CCT Art. 45 del CCT Art. 46 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: NO

Por lesiones o afecciones que impongan largo tratamiento de la salud, se concede al agente hasta DOS (2) años de licencia.

Los períodos se van acumulando cuando la licencia se utiliza en períodos discontinuos. Al agotarse, se analiza el reintegro al servicio del agente o la baja, de corresponder.

Art. 46 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: SÍ * Plus vacacional: NO

Se otorgan 20 días corridos por año calendario, continuos o discontinuos, con goce de haberes, para el cuidado del grupo familiar.

Se puede prorrogar sin goce de sueldo hasta un máximo de 90 días más.

Art. 56 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: NO

Relacionada con el nacimiento, el cuidado y la organización familiar. Comprende maternidad, persona gestante, paternidad, persona no gestante y adopciones, con sus licencias y franquicias específicas.

Se justifica el día de la donación, siempre que se presente la certificación médica correspondiente.

Art. 63 inc. 4 del CCT No afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: NO

Los días se cuentan a partir del matrimonio civil o religioso, a elección del trabajador.

Puede ser usufructuada por cualquier trabajador o trabajadora que celebre una ceremonia, religiosa o no, sea por una pareja de ambos sexos o del mismo sexo.

Art. 62 inc. 3 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional:

Se conceden DOS (2) días laborables con motivo del matrimonio de cada uno de los hijos o padres del trabajador.

Para su justificación deberás aportar los comprobantes respectivos dentro de las 48 hs.

Art. 63 inc. 2 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: NO

En Argentina las normas para obtener licencias deportivas están reguladas por la Ley 26.573 (ENARD) y la Ley del Deporte 20.655 y su modificatoria 27.202.

Para su justificación deberás aportar los comprobantes respectivos dentro de las 48 hs.

Art. 62 inc. 4 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: NO

Para utilizarla se debe contar con una antigüedad de 2 años en forma ininterrumpida en el Organismo.

No se puede adicionar a otras licencias especiales, como estudios, investigaciones o ejercicio de otros cargos: debe mediar entre ambas una prestación ininterrumpida de servicios de 6 meses.

Para hacer uso de la misma en diferentes decenios deberán transcurrir al menos 2 años entre la finalización de una y el comienzo de la otra.

Sabías que…

Esta licencia no es acumulable por cada decenio de prestación de servicios en el Organismo.

Art. 62 inc. 2 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: NO Plus vacacional: NO

Es sin goce de haberes y es requisito contar con una antigüedad de 1 año en el Organismo.

El objetivo es hacer reserva del puesto de trabajo mientras dure la actividad formativa.

No se puede adicionar a la licencia por razones particulares: deben mediar entre ambas 6 meses de prestación de servicios.

Art. 62 tít. II inc. 3 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: NO Plus vacacional: NO

El uso de la licencia tiene límites por examen: hasta 3 días consecutivos para rendir a nivel secundario y hasta 7 por examen de niveles superiores.

En el caso de los posgrados debe haber una autorización del Organismo para poder usufructuar los días permitidos, según modalidad e intensidad de cursada.

Sabías que…

Los estudios deben cursarse en establecimientos de enseñanza oficial o en universidades privadas reconocidas oficialmente.

Art. 62 tít. I inc. 1 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: SÍ, pero solo por 10 días

Para aplicar a esta licencia el agente debe contar con una antigüedad mínima de 1 año en el Organismo.

En caso de que el agente no cumpla con el requisito mencionado, será penado con la devolución de los haberes percibidos.

Art. 62 tít. I inc. 2 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: NO

Es requisito contar con 3 años de antigüedad en el Organismo y la licencia no podrá extenderse por más de 2 años.

Cuando no se pueda determinar el orden jerárquico, deberá tratarse de un puesto de mayor remuneración.

Art. 62 tít. II inc. 6 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: NO Plus vacacional: NO

Cuando el agente deba integrar mesas examinadoras y se genere conflicto de horarios, se le justifican hasta DOCE (12) días laborables en el año calendario.

Debe efectuarse en establecimientos educacionales o en universidades reconocidas oficialmente. Es requisito tener declarada la actividad docente y presentar la constancia de la mesa examinadora.

Art. 63 inc. 5 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: NO

Se justifican con goce de haberes las inasistencias por concurrir a conferencias, congresos o simposios —incluidos los organizados por AEFIP— en el país o en el extranjero.

También puede incluir eventos que no cuenten con auspicio oficial o declaración de interés, siempre que la temática a abordar resulte de interés para el Organismo.

Se requiere una antigüedad ininterrumpida de UN (1) año en el Organismo.

Art. 63 inc. 6 del CCT No afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: NO

Procedimiento: informar al sector o área administrativa de tu lugar de trabajo (por mail, WhatsApp, teléfono, etc.).

Pasada la urgencia o el peligro, acompañar la documentación o justificación que se requiera (denuncia policial o judicial, atención médica, informes, etc.).

El pedido no puede ser denegado por el personal administrativo, ni requiere autorización de jefatura para poder usufructuarla.

Art. 47 bis del CCT No afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: NO

Supuesto vinculado con el desempeño de funciones superiores dentro de la institución.

Art. 62 del CCT No afecta el SIPES Con goce de haberes: NO Plus vacacional: NO

Si existe superposición horaria y/o percepción de cualquier tipo de remuneración, la licencia sin sueldo será de carácter obligatorio.

Art. 62 inc. 1 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: NO Plus vacacional: NO

Se entiende por misión oficial aquella dispuesta en el ámbito del Estado Nacional, Provincial o Municipal, siempre que reúna las características de transitoriedad y excepcionalidad.

Art. 62 tít. II inc. 4 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: NO Plus vacacional: NO

Supuesto especial previsto frente al fallecimiento del padre o la madre, para el cuidado del hijo menor.

Cónyuge o alguno de los padres: OCHO (8) días laborables. Hijo: OCHO (8) días laborables. Parientes consanguíneos de segundo grado y afines de primero y segundo grado: TRES (3) días laborables.

Los días se cuentan a partir del fallecimiento, de la toma de conocimiento o de las exequias, a opción del agente.

La inasistencia deberá justificarse con la acreditación correspondiente del vínculo.

Art. 63 inc. 1 del CCT No afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: NO

Inasistencias motivadas por fenómenos meteorológicos o hechos totalmente ajenos a la voluntad del trabajador que resulten casos de auténtica fuerza mayor, debidamente comprobados.

Art. 63 inc. 3 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: NO

Prevista para cuando el trabajador deba cumplir actos o citaciones de carácter legal.

Si las citaciones están vinculadas a hechos del servicio, se considerará al agente en comisión de servicios. Si requiere desplazarse por más de 50 km, se le reconocerán los gastos de pasaje y viáticos.

Art. 63 inc. 7 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: NO

Las inasistencias que no encuadren en ninguno de los puntos del artículo anterior, pero que obedezcan a razones particulares, se pueden justificar hasta un máximo de CINCO (5) días por año calendario y no más de DOS (2) por mes.

Art. 64 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: NO

Al personal adscripto o en comisión se le aplican las previsiones específicas del Convenio para esa situación de revista.

Sabías que…

Las licencias por otros conceptos le serán concedidas por el Organismo del cual dependa presupuestariamente.

Art. 66 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: NO Plus vacacional: NO

Supuesto especial previsto para la incorporación del agente como reservista.

Art. 62 inc. 5 del CCT Afecta el SIPES Con goce de haberes: Plus vacacional: NO

Criterio general del módulo

Descanso y recuperación

Las licencias ordinarias y médicas resguardan el descanso, la salud y la recuperación integral de la persona trabajadora.

Vida personal, familiar y educativa

Otras licencias protegen el estudio, la familia, acontecimientos importantes, obligaciones legales y situaciones excepcionales.

Enfoque amplio

El módulo original muestra un enfoque amplio, con múltiples supuestos específicos que buscan cubrir situaciones muy diversas de la vida laboral y personal.

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