CCT
Puntos principales Texto del Convenio

El objetivo del mismo es cubrir el gasto que se tiene para usufructuar los días de licencias ordinarias y no ordinarias que se obtienen al 31 de diciembre de cada año.

Puntos principales

1

Por un lado se paga la licencia ordinaria de forma adelantada respecto al período de usufructo y es la que se relaciona a la antigüedad reconocida por el Organismo como antigüedad por vacaciones según el siguiente esquema

Ver tabla de licencias
2

Las licencias no ordinarias, que también se cobran, son paternidad, exámenes, matrimonio, fallecimiento de cónyuge, hijos, padres o hermanos y días feriados y no laborables del año que pasó. Por lo tanto, el plus compensa posteriormente estas licencias.

3

Para la licencia ordinaria y no ordinaria se calcula también el aguinaldo sobre lo determinado para ambos tipos de licencias y se pagan en la misma liquidación.

4

Se paga en la segunda quincena de enero, tomando como base de cálculo los conceptos remunerativos de diciembre, tanto de sueldo como de fondo.

5

Cuando un agente tomó días sin goce de haberes, se descontarán para el cálculo del Plus Vacacional.

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