En esta sección explicamos cómo se llega al retiro definitivo por invalidez a partir del retiro transitorio, qué ocurre tras la reevaluación médica según haya mejora o persista la incapacidad, y la referencia normativa que lo regula.
¿Cómo se llega al retiro definitivo?
Todo agente que sufra una enfermedad o discapacidad que le impida continuar con su actividad laboral puede iniciar el retiro transitorio por invalidez en ANSES. Ese beneficio tiene una duración de tres años.
Cumplidos los tres años, una evaluación médica determina si existe posibilidad de rehabilitación y reincorporación, o si la incapacidad persiste y el retiro se vuelve definitivo.
Resultado de la evaluación
Si hay mejora
El agente puede reincorporarse al trabajo activo. Debe reintegrar la indemnización especial percibida; los 20 meses de sueldo no se devuelven, pero no se abonarán al momento del retiro definitivo.
Si la invalidez persiste
El retiro se transforma en definitivo y se mantiene hasta alcanzar la edad jubilatoria, conforme al artículo 50 de la Ley 24.241.
Detalle de cada supuesto
Reincorporación por mejora
Cuando la junta médica determina que el agente puede volver a trabajar, corresponde la reincorporación y el reintegro de la indemnización especial recibida.
Tratamiento de los 20 meses
Los 20 meses de sueldo no deben devolverse, pero tampoco se abonarán al momento del retiro definitivo.
Retiro definitivo
Si la incapacidad continúa, el beneficio se mantiene de forma definitiva hasta que el agente alcance la edad jubilatoria.
Referencia normativa
El carácter definitivo del retiro por invalidez, hasta alcanzar la edad jubilatoria, se rige por el artículo 50 de la Ley 24.241.
La indemnización y la continuidad se rigen por los artículos 24, 25, 26 y 27 del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT).