Implica el apartamiento del puesto de trabajo como consecuencia de un accionar desfavorable en el ejercicio de las funciones, según su gravedad o su recurrencia.
En qué casos puede corresponder
Acumulación de suspensiones
Incurrir en nuevas faltas que den lugar a suspensión, cuando el inculpado ya ha sufrido treinta (30) días de suspensión en el año calendario.
Abandono de servicio
Se considera consumado cuando el agente registra más de diez (10) inasistencias continuas sin causa que las justifique, previa intimación de acuerdo con la reglamentación vigente.
Faltas reiteradas y falta grave
Faltas reiteradas en el cumplimiento de sus tareas y falta grave respecto de superiores, iguales y subordinados, en la oficina o en actos del servicio.
Delito ajeno a la Administración
Delito que no se refiera a la Administración, cuando sea doloso y por sus circunstancias afecte el decoro o el prestigio de la función del agente.
Pérdida de la ciudadanía
Conforme a las normas que rigen sobre la materia.
Sumario previo
Toda cesantía se aplica previa instrucción del Sumario Administrativo correspondiente.
Quedan fuera de esa exigencia las causales 1, 2 y 3: acumulación de suspensiones, abandono de servicio y faltas reiteradas.