CCT · Art. 49 y 56 bis · Acta 529/09
Ver licencias Texto del Convenio

El Convenio reúne distintos supuestos de licencias vinculados a situaciones de discapacidad, tanto en el ámbito familiar como personal, para acompañar el cuidado, los tratamientos y los trámites del Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Tipos de licencia

1

Familiar — ampliación por maternidad

Si la persona recién nacida tiene una discapacidad, se otorgan tres meses adicionales de licencia por maternidad y 15 días corridos al otro progenitor.

2

Familiar — tiempo de cuidado

Quien tiene a cargo a un familiar directo o cónyuge con discapacidad puede usar hasta veinte (20) medias jornadas por año calendario para cuidado, tratamientos médicos o trámites del CUD.

3

Personal — trámites del CUD

Tres días por año para trámites del CUD: obtención, renovación o gestiones relacionadas (evaluaciones, juntas médicas, trámites automotor).

Condiciones de la ampliación por maternidad

Discapacidad sobreviniente

Aplica también si la discapacidad se manifiesta luego del nacimiento, hasta los seis años de edad.

CUD vigente

Requiere contar con el Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente.

Grado de discapacidad

La discapacidad debe superar el 25% de severidad.

Otras previsiones

Documentación

La licencia personal por trámites del CUD requiere presentar la documentación que acredite la realización del trámite.

Incapacidad parcial

También contempla los casos de incapacidad parcial, con posible reubicación en otro puesto manteniendo la continuidad laboral, la antigüedad y la remuneración.

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