Corresponde al personal trasladado de manera permanente desde su lugar habitual, cuando el traslado exige el cambio de residencia y se dispone sin que medie pedido del agente. También alcanza a quienes son trasladados de forma permanente por razones de salud determinadas por la autoridad médica.
Cómo se calcula
Monto duplicado de la remuneración
Se abona el monto duplicado de la remuneración (no incluye el fondo de jerarquización), tomando como base el mes inmediato anterior al traslado.
Adicional por grupo familiar
Si el agente se traslada con su núcleo familiar principal dentro del año, se adiciona un 20% por cada integrante. Solo se computan las hijas y los hijos menores de 18 años.
Situaciones particulares
Cuando dos integrantes de una familia (cónyuge, padres, hijos o hermanos) son trasladados simultáneamente por razones de servicio, cada uno percibe su indemnización de forma independiente.
El personal trasladado a su propio pedido o por permuta no percibe la indemnización por traslado, aunque sí recibe el reintegro de los gastos de pasajes y de carga.