CCT · Art. 22
Ver condiciones Texto del Convenio

El reintegro por daño patrimonial del trabajador busca compensar el deterioro o la destrucción de un bien sufrido en ocasión del servicio prestado al Organismo.

En qué consiste

1

Compensación del daño

Cuando una persona trabajadora sufre un daño patrimonial como consecuencia del servicio prestado al Organismo, tiene derecho a recibir una compensación equivalente al deterioro o la destrucción de la cosa.

2

Sin dolo ni culpa grave

La compensación requiere que no haya mediado dolo ni culpa grave por parte de la persona trabajadora.

Aspectos a tener en cuenta

Daño en ocasión del trabajo

El daño debe haberse producido en ocasión del servicio prestado al Organismo.

Acreditación

Corresponde acreditar el deterioro o la destrucción del bien para determinar la compensación equivalente.

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